A la hora de conducir, es importante tener en cuenta una serie de factores obligatorios que involucran tanto al vehículo como a su conductor, y uno de ellos es el seguro del coche. Circular sin contratar este servicio puede conllevar consecuencias de la propia vida, poner en peligro a los usuarios de la vía pública y sanciones económicas. En Lexus Murcia te contamos cómo evitar estas sanciones.
]En primer lugar, la multa por circular sin seguro en el coche parte de los 600 euros hasta ascender a los 3005 euros. El precio exacto varía dependiendo de las circunstancias: tipo de vehículo, gravedad de los daños ocasiones, el periodo de tiempo en el que se ha conducido sin seguro y la cantidad de veces en las que se ha repetido la acción.
Si hemos recibido una multa por circular sin seguro, dispones de 20 días naturales desde que se te notifica la acción para obtener una reducción del 50% del importe total. Después de este periodo, la cantidad a abonar es íntegra y la Agencia Tributaria te informará de cómo realizar el pago.
La multa se puede abonar de manera electrónica desde la sede de la DGT o llamando al número 060, el teléfono de la Administración General de Estado. Lo podrás realizar mediante la tarjeta de crédito o débito. Si prefieres de manera presencial, acude a una sucursal de CaixaBank, a una oficina de Correos o a la Jefatura de Tráfico.
Más allá de existir consecuencias económicas, ir sin seguro conlleva no tener ayuda en asistencia en carretera. Es decir, si estamos involucrados en un accidente de tráfico y nuestro vehículo no cuenta con seguro, somos los culpables del incidente, aunque no seamos los principales responsables.
No tener contratado el seguro puede afectar a nuestro historial como conductores, incluyendo que las compañías aseguradoras no quieran hacernos una póliza. Según el Reglamento General de Vehículos, cualquier coche debe tener contratado el seguro más básico, que incluye la Responsabilidad Civil y superar la ITV de manera periódica.
Existe tan solo una excepción que te exime de multa por no tener asegurado un vehículo. Según el Real Decreto 2042/1994, un coche dado de baja previamente en la Jefatura Provincial o Local de Tráfico puede no estar asegurado ni al tanto de la ITV.
Tras conocer las consecuencias, es conveniente contar con un seguro de circulación adecuado para nuestro coche, y así evitar problemas.